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Sujetos del Derecho Laboral

13.05.2014 01:46

Patrón: Es una persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. 

Trabajador: “Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado; se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio”. (Art. 8, Ley Federal del Trabajo).

Intermediario: “Es la persona que contrata o interviene en la contratación de una u otras para que preste servicio al patrón”. (Art. 12, Ley Federal del  Trabajo).  

Empresa: La empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa. (Art. 16 de la Ley Federal de Trabajo). 

Establecimiento: La unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa (Art. 16 de la Ley Federal de Trabajo).

 

 
 
 
 

Salario

12.05.2014 19:28
El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo (Art. 82 L. F. T.). El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. Cuando el salario se fije por unidad de obra, además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y calidad del material, el estado de la herramienta y útiles que el patrón, en su caso, proporcione para ejecutar la obra y el tiempo por el que los pondrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad alguna por concepto de desgaste natural que sufra la herramienta como consecuencia del trabajo (Art. 83 L. F. T.). 
 

Salario Mínimo

12.05.2014 19:25
El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestado en una jornada de trabajo. El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden de material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos. 
 

Relación Individual de Trabajo

11.05.2014 19:18
Se entiende por relación de trabajo cualquiera que sea que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a persona mediante el pago de un salario (Art. 20 Ley Federal del Trabajo). En torno a la relación entre trabajador y patrón se han suscitado controversias a fin de determinar su naturaleza jurídica: unos sostienen la teoría contractualista y otros la relacionista. 
 

Jornada Laboral

10.05.2014 19:22
La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo (Art. 58 L. F. T.). 
 
El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder de los máximos legales. Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente (Art. 59 L. F. T.). 
 

Contrato Individual de Trabajo

10.05.2014 19:19
Cualquiera que sea su denominación, el contrato individual de trabajo es aquel que por virtud del cual una persona se obliga a prestar un trabajo personal  subordinado, mediante el pago de un salario (Art. 20 L. F. T.). 
 

Aguinaldo

09.05.2014 19:25
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. 
 

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